El Boletín Oficial anuncia la entrada en vigencia de un reglamento actualizado que afecta a todas las embarcaciones que ingresan al puerto de Mar del Plata, ¡descubre los cambios y requisitos!
8 de agosto de 2023. En una emocionante noticia para la comunidad marítima, se ha dado a conocer la reciente actualización del Reglamento para la Estadía de Embarcaciones en el puerto de Mar del Plata. Esta importante medida, que ha sido publicada en el Boletín Oficial después de meses de anticipación, ha entrado en vigencia, generando un impacto significativo en todas las embarcaciones que navegan en estas aguas.
El reglamento, que data del año 2004, ha sido revisado y actualizado minuciosamente por las Gerencias Operativa y de Seguridad, con el objetivo de garantizar la seguridad y el orden en el puerto. Ahora, todas las embarcaciones que ingresen a Mar del Plata, así como aquellas que realicen operaciones comerciales, reparaciones o cualquier otra actividad mientras estén amarradas al muelle, deberán ajustarse a las nuevas disposiciones establecidas.
Una de las principales novedades de este reglamento actualizado es la obligatoriedad de solicitar un permiso de ingreso, conocido como «Giro a Puerto», antes de arribar y amarrar en cualquier sección de los muelles administrados por el Consorcio. Sin embargo, se han establecido algunas excepciones para ciertas embarcaciones, como los buques deportivos de bandera nacional menores de 25 metros de eslora y los pesqueros artesanales, entre otros.
Además, se ha tenido en cuenta la realidad de los buques menores de 25 metros de eslora con puerto de operaciones en Mar del Plata, quienes cuentan con un tiempo limitado para enviar el informe de solicitud. Para agilizar el proceso, aquellos buques que prevean una estadía superior a 30 días deberán solicitar el permiso de giro, mientras que aquellos cuya estadía sea menor podrán hacerlo después de amarrar la embarcación. Asimismo, se ha establecido un plazo límite de 180 días para que los interesados dejen de utilizar cables de acero sobre las calles de la jurisdicción portuaria.
El reglamento también contempla la prioridad en la asignación de giros a las embarcaciones con carga perecedera y considera la categoría del buque que realiza la solicitud. Asimismo, se establecen normas estrictas respecto al amarre de los buques en los elementos dispuestos en el muelle, y se advierte que cualquier incumplimiento será sancionado con multas establecidas por el Consorcio.
La Gerencia Operativa tendrá la responsabilidad de acordar la prioridad de amarre de los buques, especialmente cuando se realicen tareas de carga, descarga o armado. Además, se podrán adoptar medidas complementarias o alternativas en caso de necesidad operativa o disponibilidad de espacio en el puerto.
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