Un grupo de senadores radicales, liderados por Maximiliano Abad, presentó un proyecto de ley para modificar el Código Nacional Electoral y castigar con cuatro años de inhabilitación a aquellos candidatos que, habiendo sido elegidos en comicios, renuncien a la banca obtenida. La iniciativa, que considera a estas postulaciones como una «burla a la democracia», busca fortalecer la calidad institucional y recuperar la confianza de los votantes, calificando la práctica como una «estafa al electorado».
En un contexto de creciente desconfianza hacia la dirigencia política, el debate sobre las llamadas «candidaturas testimoniales» volvió a instalarse en la agenda pública. Esta vez, la discusión no es meramente retórica, sino que toma forma de proyecto de ley en el Congreso de la Nación. El senador nacional por la provincia de Buenos Aires, Maximiliano Abad, encabezó la presentación de una iniciativa que busca ponerle un freno a una práctica largamente criticada por analistas y ciudadanos.
El proyecto, que lleva las firmas de Abad y de los senadores Mariana Juri y Rodolfo Suárez, entre otros legisladores de la UCR, tiene como objetivo principal incorporar un nuevo artículo al Código Nacional Electoral (Ley Nº 19.945). El texto propuesto es contundente y directo: “Artículo 139 bis.- Defraudación a los electores. Candidaturas testimoniales. Se impondrá sanción de inhabilitación por cuatro (4) años para postularse a cargos públicos electivos a los/las candidatos/as que, habiendo participado de un proceso electoral, no asumieran el cargo público para el que fueron elegidos”.
La génesis de una «estafa al votante»
La práctica de las candidaturas testimoniales no es nueva en la política argentina. Consiste en la inclusión de figuras con alta visibilidad y notoriedad mediática en las listas de legisladores, a sabiendas de que estos candidatos no tienen la intención real de asumir el cargo. El objetivo es utilizar su popularidad para «traccionar» votos y mejorar el desempeño electoral del partido o frente político en su conjunto. Una vez cumplida su función, estos candidatos renuncian a la banca, que es ocupada por el siguiente en la lista, a menudo una figura de menor perfil.
Este mecanismo, si bien no está prohibido explícitamente por la legislación actual, ha sido objeto de severas críticas por parte de diversos sectores. Sus detractores lo consideran una maniobra engañosa que desvirtúa la voluntad popular. El voto del ciudadano, en este esquema, no se destina a la persona que efectivamente lo representará, sino que es instrumentalizado para un fin de marketing político.
Abad no dudó en calificar esta conducta como “una burla abierta hacia quienes votan”. En sus declaraciones, el senador fue enfático: “Es una estafa al votante y una burla a la voluntad popular. El ciudadano vota para ser representado, no para ser engañado por estrategias de marketing o especulación política”. Sus palabras resuenan en un electorado que, en las últimas mediciones, ha manifestado una profunda frustración con el funcionamiento de las instituciones y la calidad de la representación política.
El debate sobre la calidad institucional y la confianza ciudadana
La iniciativa de Abad y sus pares se fundamenta, precisamente, en la necesidad de fortalecer la calidad institucional de la democracia argentina. El proyecto busca cerrar un vacío legal que, según sus promotores, socava la legitimidad de las elecciones. Al impedir que un candidato elegido asuma su banca, se rompe el pacto de representación que se establece entre el elector y su representante.
La propuesta legislativa pone el foco en el concepto de «defraudación a los electores». En la jerga jurídica, defraudar implica «engañar a alguien para perjudicarlo o para obtener un beneficio». En este caso, el engaño consistiría en postular a un candidato sin la intención de que este cumpla con el mandato para el que fue elegido. El perjuicio recaería sobre el votante, cuya decisión es desvirtuada, y sobre el sistema democrático en su conjunto.
«No se puede jugar con el voto de la gente. Las bancas no son premios ni trampolines: son responsabilidades”, sentenció Abad, sintetizando el espíritu del proyecto. La iniciativa interpela directamente a la dirigencia política a asumir con mayor seriedad y compromiso la representación popular. Se trata, en esencia, de una defensa del voto como una herramienta de representación directa y no como una simple encuesta de popularidad.
El camino legislativo y los posibles escenarios
El proyecto de ley deberá ahora iniciar su camino en el Congreso de la Nación. Su tratamiento no estará exento de debate, ya que la práctica de las candidaturas testimoniales fue utilizada en el pasado por diversas fuerzas políticas. Es probable que se abra una discusión sobre la viabilidad y la constitucionalidad de la propuesta, así como sobre su real impacto en la dinámica política.
Un punto clave a considerar es si la sanción de inhabilitación por cuatro años es una medida proporcionada. Sus defensores argumentarán que es un castigo necesario para disuadir la mala praxis, mientras que los detractores podrían señalar que restringe indebidamente los derechos políticos de los ciudadanos.
Más allá del resultado final, el proyecto de Maximiliano Abad pone sobre la mesa un tema sensible y urgente: la relación entre la política y la ciudadanía. Al proponer una sanción concreta, se busca enviar una señal clara de que la dirigencia política está dispuesta a escuchar el reclamo social por mayor transparencia y honestidad en el ejercicio de la representación. La pregunta que queda flotando es si esta iniciativa será el primer paso hacia una reforma electoral más profunda que fortalezca la confianza en la democracia argentina.
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